miércoles, 16 de diciembre de 2015

Diccionario: Indicadores Educativos


Conceptos:
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  1. Absorción: es el indicador que permite conocer el porcentaje de egresados de un nivel educativo, que logran ingresar al nivel educativo inmediato superior.
  2. Alumnos inscritos en primer grado de primaria: se define como el porcentaje de alumnos matriculados en el primer grado de educación primaria que cursaron al menos un grado de preescolar.
  3. Analfabetismo: expresa el porcentaje de personas de 15 años y más, que no son capaces de leer ni escribir una breve y sencilla exposición de hechos relativos a su vida cotidiana.
  4. Aprobación: se define como el total de alumnos que han acreditado satisfactoriamente las evaluaciones establecidas en los planes y programas de estudio. Es decir, la aprobación es el porcentaje de alumnos promovidos al siguiente grado al final del ciclo escolar.
  5. Atención a la demanda potencial: la relación porcentual entre la matrícula total de inicio de cursos de un nivel educativo (demanda atendida) y la población en edad escolar correspondiente al nivel en cuestión, que solicita la prestación de ese servicio” (demanda potencial).
  6. Atención a la demanda en educación primaria: es la relación porcentual entre la matrícula de 6 a 14 años de inicio de cursos de este nivel (demanda atendida) y la población de 6 a 14 años de edad existente en nuestro país, disminuida por la población atípica y la población con primaria terminada de ese mismo rango de edad (demanda potencial).
  7. Atención a la demanda social: se define como la comparación entre la demanda atendida y la población que de acuerdo con su edad se encuentra en posibilidades de cursar los diferentes niveles educativos que ofrece el sistema, independientemente de que lo solicite o no.
  8. Coeficiente de egresión: es la relación que existe entre los egresados de un nivel educativo, y la matrícula inicial del último grado del nivel educativo en cuestión.
  9. Demanda atendida: se refiere a la matrícula total de inicio de cursos de un grado o nivel educativo.
  10. Demanda potencial inicial: se refiere al número de alumnos que han terminado con éxito algún nivel educativo y que están listos para ingresar a escuelas del siguiente nivel, según corresponda.
  11. Demanda social: es la población que tiene la edad correspondiente para cursar ese grado o nivel, independientemente de que solicite o no el servicio educativo.
  12. Deserción: es el total de alumnos que abandonan las actividades escolares antes de concluir algún grado o nivel educativo, expresado como porcentaje del total de alumnos inscritos en el ciclo escolar.
  13. Deserción intracurricular: El abandono que ocurre durante el ciclo escolar.
  14. Deserción intercurricular: el abandono que se efectúa al finalizar el ciclo escolar, independientemente de que el alumno haya aprobado o no.
  15. Deserción total: es la combinación de ambas deserciones.
  16. Distribución por edad y grado: permite conocer el número o porcentaje de alumnos que cursan algún grado (de cualquier nivel educativo), dentro de la edad ideal establecida para cursarlo. Determina el número o porcentaje de alumnos que se incorporan fuera de tiempo al sistema, que han reprobado uno o más grados, o que han abandonado sus estudios por algún tiempo y posteriormente los han retomado.
  17. Docentes inscritos en la carrera magisterial: se ha definido como la distribución porcentual de los docentes inscritos en la carrera magisterial según su vertiente y nivel.
  18. Duración promedio de los estudios de los desertores: permite conocer el número promedio de años que permanecen dentro del sistema educativo los alumnos que por alguna razón abandonan definitivamente sus estudios. Proporciona información valiosa debido a que indica el número promedio de grados escolares que cursa un desertor en cualquiera de los niveles educativos, así como el nivel escolar logrado.
  19. Duración promedio de los estudios de los egresados: permite conocer el número promedio de años que lleva a los egresados concluir un nivel educativo. Es decir, este indicador permite determinar el promedio de años en que los alumnos cursan un nivel educativo.
  20. Duración promedio de los estudios de un cohorte: permite conocer el número promedio de años que permanecen en un nivel educativo todos los alumnos que integran una cohorte (generación de alumnos).
  21. Eficiencia terminal: permite conocer el número de alumnos que terminan un nivel educativo de manera regular (dentro del tiempo ideal establecido) y el porcentaje de alumnos que lo culminan extemporáneamente. Demuestra claramente los estragos de la reprobación y deserción (rendimiento escolar).
  22. Eficiencia terminal de una cohorte: se refiere al seguimiento de un grupo específico de alumnos, dentro de un periodo específico. Es decir, su cálculo se limita a la comparación de los egresados y los alumnos base que integraron la cohorte.
  23. Egresados: se refiere al número de alumnos que han acreditado satisfactoriamente todas las asignaturas y actividades que integran el plan de estudios de un determinado nivel educativo, y que por lo tanto, están en posibilidad de inscribirse o cursar el nivel educativo inmediato superior.
  24. Grado promedio de escolaridad (GPE): se define como el número promedio de grados escolares aprobados por la población de 15 años y más. Dicho de otra forma, el GPE es el nivel de instrucción de un país.
  25. Indicadores educativos: instrumentos que nos permiten medir y conocer la tendencia o desviación de las acciones educativas, con respecto a una meta o unidad de medida esperada o establecida; así como plantear previsiones sobre la evolución futura de los fenómenos educativos.
  26. Nivel de escolaridad de los docentes: se determina como la distribución porcentual de los docentes según su nivel de escolaridad. Es de utilidad porque es un elemento que coadyuva a valorar la calidad de la enseñanza impartida dentro de las aulas.
  27. Promoción: se define como el número o porcentaje de alumnos que después de haber aprobado un grado escolar, están cursando el grado inmediato superior.
  28. Repetición: es el número o porcentaje de alumnos repetidores de algún grado durante un ciclo escolar.
  29. Repitencia: es la relación entre el total de alumnos que estén repitiendo algún grado en un ciclo escolar determinado y el total de alumnos que cursaron el mismo grado escolar un año antes.
  30. Retención: es el indicador que expresa el número de alumnos que permanecen dentro del sector educativo (en un grado o un nivel) durante todo un ciclo escolar y que continúan en el ciclo escolar siguiente.



martes, 1 de diciembre de 2015

Cuadro Comparativo




Responsabilidades: Director, Personal Docente, Consejo Técnico, Personal Administrativo y Alumnado.



Responsabilidades
Director
Personal Docente
Consejo Técnico
Personal Administrativo
Alumnado
Es aquella persona designada o autorizada, en su caso, por la Secretaría de Educación Pública, como la primera autoridad responsable del correcto funcionamiento, organización, operación y administración de la escuela y sus anexos (Articulo 14).
Elaborar y presentar al director de la escuela el plan anual de trabajo para el desarrollo de las actividades educativas que le correspondan, conforme al programa de educación primaria vigente (Articulo 18).
En las escuelas que cuenten con un mínimo de cinco maestros, se integrará un Consejo Técnico como órgano de carácter consultivo de la dirección del plantel.
En el caso de escuelas unitarias o de escuelas que cuenten con un máximo de cuatro maestros, el supervisor de zona será el responsable de organizar sectorialmente el Consejo Técnico Consultivo, de acuerdo al número y características de las escuelas ubicadas en su zona (Articulo 21).
El personal administrativo estará integrado por los empleados que atiendan los servicios ordinarios de oficina y por los que desempeñen las actividades de mantenimiento, aseo y vigilancia (Articulo 29).
Se consideran alumnos de una escuela primaria los solicitantes que habiendo cumplido con todos los requisitos para ingresar al plantel hayan quedado registrados en alguno de los grupos de éste (Articulo 33).
Organizar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar las actividades de administración, pedagógicas, cívicas, culturales, deportivas, sociales y de recreación del plantel (Articulo 16).
Adecuar las tareas educativas a las aptitudes, necesidades e intereses del alumno (Articulo 18).
El Consejo Técnico Consultivo de la escuela se integrará durante el primer mes del año escolar, con el director del plantel como presidente y los maestros como vocales, entre quienes se elegirá al secretario por mayoría de votos.

En las escuelas de más de doce grupos, se elegirá un representante por cada grado, para formar parte del Consejo. Esta elección se hará mediante voto directo de los representados (Articulo 22).
Permanecer en el lugar de trabajo el tiempo señalado para el desarrollo de sus labores (Articulo 30).
Asistir puntualmente a clases y participar en todas las actividades de carácter educativo y cultural que se desarrollen en el plantel (Articulo 35).
Estudiar y resolver los problemas pedagógicos y administrativos que se presenten en la escuela, así como plantear ante las autoridades correspondientes, aquellos que no sean de su competencia (Articulo 16).
Participar en las reuniones del Consejo Técnico consultivo (Articulo 18).
El Consejo Técnico consultivo sesionará por lo menos una vez al mes. Para la celebración de sus asambleas se requerirá de la presencia de su presidente y de la mayoría de los presentes. En caso de empate, el presidente tendrá voto de calidad (Articulo 24).
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Cuidar y conservar en el mejor estado, el material y los útiles o instrumentos que tenga a su cargo (Articulo 30).
Justificar ante el profesor, a través del padre o tutor respectivo, los retardos o inasistencias en que incurran (Articulo 35).
Suscribir la documentación oficial del plante, evitar que sea objeto de usos ilegales, preservarla de todo tipo de riegos y mantenerla actualizada (Articulo 16).
Organizar las actividades educativas diarias, disponiendo de los recursos materiales, en forma adecuada, con objeto de lograr mayor eficiencia en la labor docente y mejor calidad en la enseñanza (Articulo 18).
Corresponde al Consejo Técnico Consultivo analizar y recomendar respecto de los siguientes asuntos (Articulo 25):

I.-Planes y programas de estudio;

II.-Métodos de enseñanza;

III.-Evaluación de los programas tendientes a la superación del servicio educativo;

IV.-Capacitación del personal docente;

V.-Adquisición, elaboración y uso de auxiliares didácticos, y

VI.-Las demás cuestiones de carácter educativo

Participar en el cuidado y vigilancia de los alumnos y del patrimonio escolar, e informar a las autoridades del plantel de actos que pongan en peligro la integridad física y moral de los educandos o que atenten contra la conservación del edificio e instalaciones (Articulo 31).
Cumplir con las labores escolares que les sean encomendadas por el maestro (Articulo 35).
Elaborar el plan de trabajo anual de la escuela y presentarlo al inspector escolar y demás autoridades competentes dentro del primer mes de labores (Articulo 16).
Inculcar a los alumnos hábitos de disciplina e higiene ejemplificados en su conducta personal (Articulo 18).
El Secretario del Consejo Técnico Consultivo llevará un libro en el que se asentarán las actas correspondientes a cada una de las sesiones que se celebren (Articulo 27).
Evitar que se disponga de los bienes o servicios encomendados a su custodia, sin la orden correspondiente del director del plantel (Articulo 31).
Guardar la consideración debida a los maestros y demás personal que labora en la escuela, así como a sus compañeros (Articulo 35).
Revisar y aprobar, en su caso, el plan de trabajo anual que, para desarrollar el programa de educación primaria vigente, elabore el personal docente, controlando que aquél se adecue a las técnicas pedagógicas aplicables (Articulo 16).
Organizar la ceremonia de honores a la bandera, los días lunes de cada semana (Articulo 18).

Desempeñar las guardias que las necesidades del servicio requieran (Articulo 31).
Cuidar que el edificio y mobiliario escolar conserven sus características de orden, funcionalidad e higiene (Articulo 35).
Autorizar la celebración de eventos y espectáculos públicos relacionados con las actividades propias del plante, previo permiso de la dirección o delegación general correspondiente (Articulo 16).
Cuidar la correcta utilización, funcionamiento y conservación de los anexos escolares que le asigne el director para el desarrollo de las funciones a su cargo (Articulo 18).

Ejercer la jefatura inmediata del personal de aseo, mantenimiento y vigilancia de la escuela y, conforme a los lineamientos que establezca el director, distribuir equitativamente los trabajos y comisiones que exija el servicio (Articulo 32).

Organizar y coordinar el desarrollo de las actividades de inscripción, reinscripción, registro, acreditación y certificación de estudios (Articulo 16).
El personal docente que preste sus servicios en escuelas bilingües y biculturales, deberán dominar el idioma español y la lengua nativa del lugar (Articulo 19).

Vigilar el edificio escolar y hacerse cargo de las llaves de las diferentes dependencias del local (Articulo 32).